Agencia de Vivienda Social Madrid - Edificio de pisos sociales de la Comunidad de Madrid

Agencia de Vivienda Social Madrid: Solicitud y Ayudas 2026

La Agencia de Vivienda Social de Madrid (AVS) es el organismo de la Comunidad de Madrid que gestiona el parque público de viviendas en alquiler de la región y adjudica pisos sociales a familias con ingresos limitados. En esta guía actualizada a 2026 encontrarás qué servicios ofrece, los requisitos de acceso, las tres vías de adjudicación y cómo presentar tu solicitud online o presencial paso a paso.

¿Qué es la Agencia de Vivienda Social de Madrid y qué hace?

La Agencia de Vivienda Social es el ente público adscrito a la Consejería de Vivienda de la Comunidad de Madrid que sustituyó al antiguo IVIMA en 2016. Su función principal es administrar y adjudicar el parque de viviendas públicas en alquiler de la región, destinado a personas y familias que no pueden acceder a una vivienda a precio de mercado.

Entre sus servicios destacan la adjudicación de viviendas en alquiler social, la gestión de contratos y rentas de los inquilinos del parque público, la tramitación de cambios de vivienda por necesidades familiares y la atención e información al ciudadano en sus oficinas de Madrid. La adjudicación de estas viviendas está regulada por el Decreto 52/2016, de 31 de mayo, que fija los requisitos y el procedimiento.

Es importante no confundir la AVS con la EMVS: la primera depende de la Comunidad de Madrid y la segunda es la empresa municipal del Ayuntamiento de Madrid. Si quieres conocer los organismos municipales, consulta nuestra guía sobre la oficina de vivienda de Madrid y sus organismos.

Requisitos para solicitar una vivienda de la agencia de vivienda social de la Comunidad de Madrid

El requisito económico central es claro: los ingresos anuales de la unidad familiar no pueden superar 3,5 veces el IPREM para acceder a una vivienda en régimen de alquiler. Con el IPREM de 2026 fijado en 600 euros mensuales (8.400 euros anuales en 14 pagas), el límite general se sitúa en torno a los 29.400 euros anuales por unidad familiar.

Además del límite de ingresos, la normativa exige cumplir estas condiciones generales:

  • No tener vivienda: ningún miembro de la unidad familiar puede ser propietario de pleno dominio ni titular de un derecho de uso y disfrute sobre otra vivienda.
  • Arraigo en la región: para la vía de especial necesidad se exige un mínimo de 10 años de empadronamiento o trabajo en la Comunidad de Madrid, de los cuales los 3 últimos deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • No haber recibido vivienda pública: ningún miembro de la unidad familiar puede haber sido adjudicatario de una vivienda pública en los 10 años anteriores.
  • Residencia legal: los solicitantes extranjeros deben acreditar residencia legal en España.
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Importante: cada convocatoria o vía de adjudicación puede añadir requisitos específicos, por lo que conviene revisar siempre las bases publicadas por la Comunidad de Madrid antes de presentar la solicitud.

¿Cuáles son las vías de adjudicación de los pisos sociales de la AVS Madrid?

La AVS Madrid adjudica sus pisos sociales por tres vías: sorteo, especial necesidad y emergencia social. Cada una tiene límites de ingresos y procedimientos distintos, resumidos en esta tabla:

Vía de adjudicación Límite de ingresos Cómo se accede
Sorteo Según convocatoria (máx. 3,5 IPREM en alquiler) Inscripción en convocatorias públicas periódicas
Especial necesidad Hasta 3,5 veces el IPREM Solicitud abierta todo el año, con baremo de puntos
Emergencia social Hasta 1,5 veces el IPREM (3,5 en casos extraordinarios) Situaciones graves acreditadas por servicios sociales

En la vía de especial necesidad, el baremo puntúa los ingresos de forma inversa: las familias con ingresos de hasta 1,5 veces el IPREM reciben 10 puntos, las que están entre 1,5 y 2,5 veces obtienen 9 puntos, y las que se sitúan entre 2,5 y 3,5 veces suman 8 puntos. También puntúan circunstancias como discapacidad, familia numerosa, monoparentalidad o víctimas de violencia de género.

¿Cómo solicitar una vivienda social en Madrid paso a paso?

La solicitud puede presentarse por vía telemática en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o de forma presencial con cita previa. El proceso completo es el siguiente:

  1. Reúne la documentación: DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar, certificado de empadronamiento histórico, declaración de la renta o certificado de ingresos, y documentación que acredite circunstancias especiales (discapacidad, familia numerosa, etc.).
  2. Elige la vía de adjudicación: comprueba si hay convocatorias de sorteo abiertas o si tu situación encaja en especial necesidad o emergencia social.
  3. Presenta la solicitud online: accede a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid), busca el trámite de adjudicación de vivienda de la Agencia de Vivienda Social y adjunta la documentación.
  4. O acude presencialmente: pide cita previa en las oficinas de información de la AVS en la calle Basílica, 23 y la Avenida de Asturias, 39 de Madrid.
  5. Espera la valoración: la Agencia revisa el expediente, aplica el baremo de puntos y te notifica la resolución. Mantén actualizados tus datos de contacto y comunica cualquier cambio en tus ingresos o composición familiar.
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Si tu solicitud va dirigida al alquiler social en general y no solo al parque de la AVS, revisa también los requisitos del alquiler social por comunidad autónoma en 2026, donde comparamos los límites de ingresos de cada región.

Consejo: presenta la solicitud de forma telemática si dispones de certificado digital o Cl@ve; el registro queda sellado al instante y evitas esperas de cita previa.

Programas vigentes en 2026: alquiler social, VPO y Plan Vive

Además del parque clásico de vivienda social, la Comunidad de Madrid mantiene en 2026 varios programas complementarios. El más relevante es el Plan Vive, que alcanzará las 14.000 viviendas de alquiler asequible construidas a finales de 2026, con una inversión cercana a los 2.000 millones de euros según la Comunidad de Madrid (2026).

Dentro de este programa, el Plan Vive Solución Joven adjudicó en 2026 la construcción de 3.352 viviendas destinadas exclusivamente a menores de 35 años, repartidas entre Madrid capital (Valdebebas y Ahijones), Alcobendas, Arroyomolinos, Colmenar Viejo, Móstoles, Tres Cantos, Loeches y Valdemoro. Las rentas rondan el 70-75% del precio de mercado, con cuotas habituales de entre 600 y 900 euros mensuales.

Estas son las diferencias básicas entre las opciones disponibles:

  • Alquiler social de la AVS: renta reducida ajustada a los ingresos familiares, dirigido a rentas de hasta 3,5 veces el IPREM.
  • VPO (vivienda protegida): viviendas en venta o alquiler con precio máximo limitado y superficie de hasta 150 m² construidos, según los requisitos del Decreto 52/2016.
  • Plan Vive: alquiler asequible a precio inferior al de mercado, sin llegar a ser alquiler social, con prioridad para empadronados o trabajadores del municipio desde hace al menos 3 años.
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Si tu perfil encaja mejor en el alquiler social clásico, te explicamos el procedimiento completo en nuestra guía sobre cómo solicitar una vivienda de alquiler social en Madrid.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto cuesta el alquiler de una vivienda de la Agencia de Vivienda Social de Madrid?

La renta se calcula en función de los ingresos de la unidad familiar y queda muy por debajo del precio de mercado. En el Plan Vive, de alquiler asequible, las cuotas habituales oscilan entre 600 y 900 euros mensuales.

¿Puedo solicitar un piso de la AVS si ya tengo una vivienda en propiedad?

No. Ningún miembro de la unidad familiar puede ser propietario de pleno dominio ni titular de un derecho de uso y disfrute sobre otra vivienda en el momento de la solicitud.

¿Cuánto se tarda en conseguir una vivienda social en Madrid?

No existe un plazo garantizado. Depende de la vía elegida, de la puntuación del baremo y de la disponibilidad de viviendas: los sorteos se resuelven por convocatoria, mientras que especial necesidad y emergencia social se valoran de forma continua.

¿Qué diferencia hay entre la Agencia de Vivienda Social y la EMVS?

La AVS es el organismo autonómico de la Comunidad de Madrid, mientras que la EMVS es la empresa municipal de vivienda del Ayuntamiento de Madrid. Son registros y parques de vivienda distintos, y puedes solicitar en ambos si cumples los requisitos.