Calculadora de Cuota Seguridad Social Empleada de Hogar
Calculá la cuota mensual de Seguridad Social al contratar empleada de hogar en España 2026. Indicá salario bruto y jornada; obtené cuota empresarial, cuota trabajadora y coste total mensual con bonificación general del 20% aplicada.
Calcular cuota Seguridad Social
¿Cómo se calcula la cuota de la Seguridad Social para empleadas de hogar?
Desde abril de 2023, las empleadas de hogar están integradas en el Régimen General de la Seguridad Social mediante un Sistema Especial. La cotización combina varios conceptos sobre la base de cotización mensual (salario bruto):
- Contingencias comunes: 28,30% total (23,60% empresa + 4,70% trabajadora). Cubre enfermedad común y jubilación.
- Desempleo: 7,05% total (5,50% empresa + 1,55% trabajadora). Operativo desde octubre 2022.
- FOGASA: 0,20% (solo empresa).
- Accidentes de trabajo (AT/EP): 1,50% (solo empresa).
- MEI 2026: 0,80% total (0,67% empresa + 0,13% trabajadora).
Sobre las contingencias comunes empresariales se aplica la bonificación general del 20% establecida en el RD 16/2022, que reduce el tipo efectivo empresarial a aproximadamente 26,75%. Las familias numerosas, monoparentales y con personas dependientes acceden a bonificaciones de hasta el 45%.
Tabla comparativa: cuotas según salario
| Salario bruto mensual | Cuota empresarial (bonif. 20%) | Cuota trabajadora | Coste total empleador |
|---|---|---|---|
| 600 € | ~160,50 € | ~38,30 € | ~760,50 € |
| 900 € | ~240,75 € | ~57,40 € | ~1.140,75 € |
| 1.200 € | ~321,00 € | ~76,55 € | ~1.521,00 € |
| 1.500 € | ~401,25 € | ~95,70 € | ~1.901,25 € |
Cómo usar esta calculadora
- Indicar el salario bruto mensual. Escribí el salario bruto mensual acordado en euros. Si pagás por horas, multiplicá la tarifa por horas trabajadas al mes.
- Indicar la jornada semanal. Escribí las horas que la empleada trabaja por semana (jornada completa = 40 h/semana en empleo doméstico).
- Pulsar Calcular y revisar el desglose. Obtené la cuota mensual empresarial (con bonificación 20% aplicada), la cuota descontada a la trabajadora y el coste mensual total para la familia.
Preguntas frecuentes
¿Hay que dar de alta a una empleada de hogar que solo trabaja unas horas a la semana?
Sí, siempre que supere las 60 horas mensuales en el mismo domicilio. Por debajo de ese umbral la propia trabajadora puede asumir su alta a tiempo parcial, según la normativa vigente del SEPE.
¿Cuándo se aplica la bonificación del 45% en lugar del 20%?
La bonificación del 45% sobre la aportación empresarial por contingencias comunes está reservada a familias numerosas, monoparentales y aquellas con personas con discapacidad o dependencia. Se solicita en la misma alta o trámite posterior, según la Disposición Adicional 39ª de la LGSS.
¿La cuota se calcula sobre el salario bruto o sobre el neto?
Siempre sobre el salario bruto mensual acordado, incluida la prorrata de pagas extra cuando corresponde. Si la jornada es parcial, se cotiza sobre el salario real, no sobre una base teórica completa.
¿Qué pasa si no doy de alta a la empleada de hogar?
Es ilegal y puede acarrear sanciones de la Inspección de Trabajo de hasta 10.000 € a la persona empleadora, además de la obligación de regularizar todas las cuotas no pagadas con recargo e intereses.
¿Quién paga las cuotas?
Desde abril de 2023, el empleador (la familia) abona la totalidad de la cuota a la Tesorería General de la Seguridad Social. La modalidad de cuota directa pagada por la propia trabajadora por horas trabajadas desapareció con la plena integración en el Régimen General. La parte correspondiente a la trabajadora (6,38% aproximadamente) se descuenta de su nómina y se entrega como parte de la cuota global.
La domiciliación bancaria se gestiona en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es) y el recibo se gira a finales de cada mes.