Vacaciones empleada de hogar - Calendario y descanso laboral en el hogar

Vacaciones Empleada de Hogar: Días y Cálculo 2026

Las vacaciones de la empleada de hogar son de 30 días naturales por año trabajado, el mismo mínimo legal que fija el Estatuto de los Trabajadores para cualquier persona asalariada en España. Este derecho se aplica tanto a las empleadas internas como a las externas y a las que trabajan por horas, con un cálculo proporcional al tiempo trabajado. En esta guía verás cuántos días corresponden, cómo calcularlos, cómo se retribuyen y qué ocurre con las vacaciones no disfrutadas al finalizar el contrato.

¿Cuántos días de vacaciones tiene una empleada de hogar?

Una empleada de hogar tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar. Estos 30 días son un mínimo: se cuentan como días naturales, no laborables, por lo que incluyen fines de semana y festivos que caigan dentro del período de descanso.

El derecho es idéntico independientemente del tipo de jornada. Una empleada que trabaja a jornada completa, a tiempo parcial o por horas genera las mismas vacaciones proporcionales; lo que cambia es la retribución de esos días, no el número de días de descanso al año.

Si la trabajadora no ha completado un año entero de servicio, las vacaciones se calculan de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Esto ocurre en el primer año de contrato o cuando la relación laboral termina antes de cumplir los doce meses.

Nota: Los 30 días son un mínimo legal. El empleador puede pactar por escrito un número mayor de días de vacaciones, pero nunca inferior a 30 días naturales anuales.

¿Cómo se calculan las vacaciones de la empleada de hogar?

El cálculo de las vacaciones proporcionales se basa en una regla sencilla: por cada mes completo trabajado se generan 2,5 días naturales de vacaciones (30 días ÷ 12 meses). Este es el método más habitual para calcular las vacaciones de una empleada doméstica que no ha trabajado el año completo.

La fórmula alternativa, más precisa, es: (días trabajados ÷ 365) × 30. Ambas dan resultados muy similares y sirven para determinar los días pendientes en un finiquito o al inicio de un contrato a mitad de año.

  1. Cuenta los meses o días trabajados: determina el período efectivo de servicio desde el alta en la Seguridad Social hasta la fecha de cálculo.
  2. Aplica la proporción: multiplica los meses completos por 2,5, o usa la fórmula de días trabajados dividido entre 365 por 30.
  3. Resta los días ya disfrutados: si la empleada ya cogió parte de sus vacaciones, réstalos para saber cuántos quedan pendientes.
  4. Redondea al alza: las fracciones de día suelen redondearse a favor de la trabajadora.
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Por ejemplo, una empleada dada de alta el 1 de enero de 2026 que finaliza su contrato el 30 de junio habrá trabajado 6 meses completos. Le corresponden 15 días naturales de vacaciones (6 × 2,5). Si no ha disfrutado ninguno, esos 15 días deben abonarse en el finiquito.

Tiempo trabajado Vacaciones generadas Cálculo
1 mes 2,5 días 1 × 2,5
3 meses 7,5 días 3 × 2,5
6 meses 15 días 6 × 2,5
9 meses 22,5 días 9 × 2,5
12 meses 30 días 12 × 2,5

Para afinar la nómina del período vacacional, puedes apoyarte en nuestro simulador de nómina de empleada de hogar, que incluye el salario base y la parte proporcional de pagas extra.

Retribución de las vacaciones de la empleada doméstica

Durante las vacaciones, la empleada de hogar cobra su salario habitual íntegro, igual que si estuviera trabajando. No es un permiso sin sueldo: el período de descanso es retribuido y cotiza normalmente a la Seguridad Social.

En el caso de las empleadas internas, hay un matiz importante. Durante las vacaciones, la trabajadora no está obligada a residir en el domicilio familiar ni a permanecer disponible. Es tiempo de descanso efectivo, por lo que el salario en especie por alojamiento y manutención no puede descontarse como compensación durante esos días.

La retribución incluye el salario base más los complementos habituales. Si la empleada percibe parte del sueldo en especie, ese valor se mantiene en el cálculo de la paga correspondiente al período vacacional. Puedes revisar cómo se estructura el salario completo en la guía del convenio de empleados del hogar.

Importante: Las vacaciones no pueden sustituirse por una compensación económica mientras el contrato esté vigente. Solo se pagan en dinero cuando quedan pendientes al extinguirse la relación laboral.

¿Quién decide cuándo se cogen las vacaciones?

El período de disfrute de las vacaciones se fija de común acuerdo entre el empleador y la empleada. La normativa prioriza el pacto: ambas partes deben consensuar las fechas teniendo en cuenta tanto las necesidades del hogar como las preferencias de la trabajadora.

Cuando no hay acuerdo, el Real Decreto 1620/2011 establece un reparto equilibrado: el empleador puede fijar la fecha de 15 días de vacaciones, y la empleada elige libremente los 15 días restantes. Este mecanismo evita que una sola parte imponga todo el período.

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Además, las fechas deben conocerse con antelación suficiente. La trabajadora tiene derecho a saber cuándo disfrutará sus vacaciones con al menos dos meses de preaviso, de modo que pueda organizar su descanso. Al menos uno de los períodos debe permitir un descanso continuado, habitualmente en verano.

¿Se pueden dividir las vacaciones?

Sí. Las vacaciones pueden fraccionarse en varios períodos siempre que al menos uno de ellos tenga una duración razonable de descanso continuado. Es común repartir los 30 días entre verano y otras épocas del año según convenga a ambas partes.

Vacaciones no disfrutadas y finiquito

Cuando la relación laboral termina y la empleada no ha disfrutado todas sus vacaciones, los días pendientes se abonan en el finiquito. Es una de las partidas obligatorias de la liquidación final, junto con el salario del mes en curso y las pagas extra proporcionales.

El importe se calcula multiplicando los días de vacaciones pendientes por el salario diario. Por ejemplo, si quedan 10 días pendientes y el salario diario es de 40 euros, corresponden 400 euros en concepto de vacaciones no disfrutadas.

Este pago es independiente de la indemnización que pueda corresponder por desistimiento o despido. Si tienes dudas sobre las cantidades de la liquidación, consulta nuestra guía sobre la indemnización de la empleada del hogar.

  • Vacaciones proporcionales: los días generados y no disfrutados hasta la fecha de baja.
  • Pagas extra: la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias anuales.
  • Salario pendiente: los días trabajados del mes en que finaliza el contrato.

Vacaciones según el tipo de jornada: interna, externa y por horas

El derecho a 30 días naturales de vacaciones no cambia según la modalidad de contrato, pero sí influye en cómo se organiza el descanso y cómo se retribuye. Conviene entender las particularidades de cada situación para evitar conflictos.

Empleada interna

La empleada que reside en el domicilio genera los mismos 30 días. Durante el descanso queda liberada de cualquier obligación de presencia y del régimen de pernocta. El empleador no puede exigirle tareas puntuales ni disponibilidad, ya que se trata de vacaciones plenas.

Empleada externa

La empleada externa, que acude al domicilio en jornada completa o parcial, disfruta sus 30 días igual que cualquier trabajadora. La retribución se mantiene según su salario mensual habitual, sin descuentos por el período no trabajado.

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Empleada por horas

Cuando la trabajadora presta servicios por horas o unos días concretos a la semana, las vacaciones se calculan en proporción a la jornada realizada. El importe de esos días refleja la retribución media que percibe, de modo que el descanso se paga en función de las horas contratadas. Este es uno de los aspectos que más dudas genera al confeccionar la nómina mensual.

Consejo: Deja constancia por escrito de las fechas de vacaciones acordadas cada año. Un simple documento firmado por ambas partes evita malentendidos y sirve de prueba ante cualquier reclamación.

Preguntas Frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones le corresponden a una empleada de hogar en 2026?

Le corresponden 30 días naturales al año, el mínimo legal fijado por el Estatuto de los Trabajadores. Si no ha trabajado el año completo, los días se calculan de forma proporcional a razón de 2,5 días por mes trabajado.

¿Se pagan las vacaciones no disfrutadas de una empleada doméstica?

Sí, pero solo cuando finaliza el contrato. Los días pendientes se abonan en el finiquito multiplicando el número de días por el salario diario. Mientras el contrato está vigente, las vacaciones deben disfrutarse y no pueden cambiarse por dinero.

¿Puede el empleador decidir las fechas de las vacaciones?

Las fechas se acuerdan entre ambas partes. Si no hay acuerdo, el empleador fija 15 días y la empleada elige los otros 15, con un preaviso mínimo de dos meses antes de su disfrute.

¿Una empleada de hogar por horas tiene derecho a vacaciones?

Sí. Cualquier empleada de hogar, incluidas las que trabajan por horas o a tiempo parcial, tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, calculados en proporción al tiempo trabajado y retribuidos según su salario.

¿La empleada interna debe quedarse en la casa durante las vacaciones?

No. Durante las vacaciones, la empleada interna no está obligada a residir en el domicilio ni a estar disponible. Es tiempo de descanso efectivo y plenamente retribuido.